El Ejecutivo tamaulipeco planteó al Legislativo una serie de reformas para crear ley estatal de adopción, a fin de que sea el DIF quien regule esta actividad en la entidad. Mediante una iniciativa de ley, el Estado también abre la posibilidad para que en caso de ser aprobado el documento, los extranjeros puedan tener derecho a adoptar a un pequeño tamaulipeco. La iniciativa que ya se encuentra en análisis en las Comisiones de Estudios Legislativos y en la de Atención a Grupos Vulnerables, reformaría los artículos 77, 80, 81 Y 285; y del Código Civil para el Estado de Tamaulipas. Según el documento, tanto las Instituciones de Asistencia Social, específicamente el DIF como el Poder Judicial del Estado, tienen la responsabilidad de impulsar y sumar esfuerzos para fortalecer la colaboración institucional.
Por ello, en la iniciativa se reconoce a la niñez como uno de los proyectos más importantes en la agenda estatal y a los servicios de asistencia social, como aquellos entes que conforman las acciones encaminadas a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que limiten al individuo en su desarrollo integral.
“En esencia, se pretende que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tamaulipas, sea la entidad encarga de realizar el trámite en su parte administrativa en el procedimiento de adopción, teniendo como objetivo primordial la protección de los niños, niñas y adolescentes, lo anterior a través de un Certificado de idoneidad que se convierte en un requisito indispensable para que el juez pueda otorgar a una persona en adopción”, plantea la iniciativa.
También, se contempla no únicamente la adopción entre particulares, sino también: la de los menores en estado de vulnerabilidad y la internacional, siendo regulada esta última de conformidad con los instrumentos internacionales que México ha ratificado.
Otro punto a destacar, es que con este nuevo enfoque las adopciones son consideradas como una forma de garantizar el bienestar y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, en todas las circunstancias. Por encima de cualquier interés de terceros, entre otros el derecho de tener una familia, por lo que desaparece la distinción entre adopción simple y plena, considerando sólo la adopción como una institución jurídica en la cual se confiere la calidad jurídica de hijo del adoptante al adoptado y se generan los derechos y obligaciones inherentes.
Por: Claudia Zapata