Cd. de México.- El gobierno federal publicó ayer el decreto por el cual se establece el Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia, el cual busca incentivar la permanencia de los hijos en el sistema educativo, ante el fallecimiento de la madre.
El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, señala que los beneficiarios son la población infantil y adolescente, así como los menores de 23 años en condición de orfandad y en cuyo hogar el sustento económico haya sido la jefa de familia fallecida.
El seguro va destinado a hogares en extrema pobreza y con carencia de seguridad social. Los recursos, indica el decreto, destinados al programa, serán administrados por un fideicomiso público irrevocable coordinado por la Secretaría de Desarrollo Social, el cual fungirá exclusivamente como mecanismo financiero para el pago de los apoyos.
Aunque no indica el monto del apoyo, anteriormente el gobierno federal informó que dicho apoyo tendrá una transferencia mensual de hasta mil 850 pesos para cada uno de los hijos o hijas de hasta 23 años de edad en caso de fallecimiento de la madre.
El decreto por el cual funcionará el programa que tiene un alcance nacional, considera que las personas que por sus condiciones socioeconómicas están en situación de extrema pobreza, se encuentran expuestas a ciertos riesgos que, de verificarse, pueden empeorar su situación, tales como la pérdida de los activos productivos que les permitan generar ingresos para satisfacer sus necesidades básicas, lo que conlleva el abandono temporal o definitivo de las niñas, niños y adolescentes en edad escolar, así como daños consecuentes a su salud psíquica y emocional por los riesgos de desintegración familiar.
También considera que en México, los riesgos se incrementan en los hogares en que la mujer madre de familia es la principal proveedora económica del sustento familiar y, que en caso de su fallecimiento y ante la ausencia de redes de protección social, sus hijos e hijas en edad escolar bajo su sustento pueden empeorar su situación de pobreza, limitando en forma severa su desarrollo y oportunidades futuras;
Por ello, se establece que el programa es prioritario y de interés público, en términos de lo dispuesto por el Artículo 18 de la Ley General de Desarrollo Social.
[Diario.mx]