Ciudad Victoria, Tamps.- Los consumidores de energía eléctrica en domicilios o negocios podrán impugnar la medición del personal de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) cuando consideren que se lleva a cabo una facturación mayor a la que pagan ordinariamente. De acuerdo a una medida tomada desde el año pasado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se resolvió que la lectura de la CFE es un acto de autoridad, por lo tanto, cuando se considere superior a lo normal, los usuarios podrán interponer juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Los ministros de esa sala, al discutir una contradicción de tesis suscitada entre dos tribunales federales, avalaron que la verificación a los medidores de energía es un acto de autoridad y no un contrato de adhesión entre el usuario y la CFE.
La resolución de la Primera Sala subrayó que aunque la relación se derive de un contrato en el que la CFE fija las condiciones y el consumidor las acepta, ello no significa que ambos se encuentren en el plano de particulares, sino que es una relación de autoridad y gobernado.
Ello, explicaron los ministros, porque la citada comisión ejerce facultades que le atribuye la Ley Federal del Servicio Público de Energía Eléctrica, que al imponer su voluntad sin el consenso del afectado, se considera como una potestad administrativa de naturaleza pública.
Por lo tanto, los usuarios que consideren que se les tomó una mala lectura a su medidor de energía, pueden interponer un juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que en su caso podrá revocar las tarifas que se cobren de manera irregular.
Por: Claudia Zapata