Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Congreso local aprobó reformas al Código Civil a fin de proteger a los hijos de padres divorciados en cuanto a la recepción de las pensiones alimenticias.
A iniciativa de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) se adicionó al artículo 93 lo relativo a los matrimonios en el extranjero, así también se reformó el artículo 288, inherente a los alimentos.
Lo anterior, con el fin incorporar diversos supuestos con relación a las percepciones del deudor alimentario, que los alimentos abarquen hasta la titulación del acreedor alimentario, así también que con dicho suministro no se afecte el nivel de vida socioeconómico y educativo en el que se desenvuelven los acreedores.
De tal manera que a partir de ahora y para los efectos de fijar el porcentaje relativo a los alimentos, el Juez ordenará considerar dentro del sueldo o salario del deudor alimentario, las prestaciones ordinarias o extraordinarias que reciba, como son: cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, excepto los viáticos y gastos de representación.
Así mismo, cuando los acreedores alimentarios alcancen su mayoría de edad y se encuentren realizando estudios, conservaran el derecho a recibirlos, hasta el término de su carrera profesional y/o obtener el Título, si este se requiere para el ejercicio a su profesión, debiendo analizar el Juez, la procedencia del pago de los gastos de titulación, en cada caso de manera particular, evaluando las condiciones y circunstancias de la profesión.
El punto fue aprobado por unanimidad en la sesión extraordinaria del pasado viernes.
Por: Claudia Zapata